de un Abogado con Experiencia
Ley Familiar
A menudo, el primer obstáculo al iniciar una acción es establecer qué Tribunal tiene jurisdicción sobre su problema, el Tribunal de Familia o el Tribunal Supremo y cómo interactúan. La Corte Suprema tiene el poder de otorgar un divorcio, la Corte de Familia no tiene este poder.
Un “procedimiento” de la Corte de Familia está destinado a ser una empresa menos formalizada con formularios estandarizados disponibles para las partes.
La Legislatura de Nueva York le otorgó poderes al Tribunal de Familia mediante la creación de la Ley del Tribunal de Familia y sus poderes pueden modificarse periódicamente.
El Tribunal de Familia se creó para ser accesible a las personas que deseen presentar las solicitudes para la reparación que buscan. A menudo, los abogados del condado ayudan en la redacción de las Peticiones para el público. Las personas aparecen todo el tiempo en su propio nombre o Pro Se.
Recomendamos encarecidamente no hacerlo por varias razones: en primer lugar, las emociones de una persona a menudo toman el control, especialmente en situaciones contenciosas, y la solidez de sus argumentos se pierde en un acalorado intercambio con su cónyuge. En segundo lugar, un abogado con conocimiento y experiencia reconoce los puntos más fuertes de sus argumentos, especialmente en relación con ese juez o magistrado en particular. Finalmente, un abogado muchas veces puede mirar el panorama general y encontrar un alivio que se le ofrecería y que quizás no haya considerado o no sabía que estaba disponible para usted.
Por favor considere comunicarse con esta oficina antes de poner su bienestar y el de sus hijos en manos del Tribunal.
Llámenos al (631) 591-0303 para que podamos ofrecerle nuestro consejo sobre cómo debe proceder. La Ley de Tribunales de Familia otorga jurisdicción sobre: